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Novedades de promoción a debate en ACP

19/10/15 | Noticias ACP

El jueves 15 de octubre, se celebró en la sede de la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Málaga, un encuentro en el que más de quince empresas promotoras, tuvieron la oportunidad de conocer, de la mano de especialistas jurídicos del despacho de abogados Garrigues, las nuevas novedades legislativas que les afectan en el ejercicio diario de su actividad.

En concreto, se analizaron dos temas de absoluta actualidad:

Miguel García Ruz, socio del departamento Mercantil de Garrigues, tras analizar el régimen general de responsabilidad de los administradores en el ámbito societario, expuso la situación que se plantea a las empresas promotoras ante la falta de prorroga del régimen de disolución por pérdidas de activos inmobiliarios de sociedades mercantiles,régimen excepcional que la Disposición Adicional de la Ley 10/2008 preveía para atenuar los efectos de la crisis inmobiliaria y de la perdida de valor de los inmuebles.

Por otro lado se habló de la Ley 20/2015 de 14 de julio de Ordenación, en lo que se refiere a supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y su incidencia en la promoción inmobiliaria al derogar expresamente la Ley 57/1968 de 27 de julio y sobre todo la Orden de 29 de noviembre de 1968 sobre percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas.

Joaquín Almoguera, socio del departamento procesal y Beatriz Cuevas, asociada del departamento Mercantil se encargaron de analizar los aspectos jurídicos del nuevo régimen de los avales por las cantidades entregadas a cuenta en las promociones inmobiliarias. De una forma eminentemente practica se hizo un recorrido por las nuevas disposiciones de la ley así como por la más reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo en la materia. Se hizo especial hincapié en la obligatoriedad de suscribir una póliza de seguro individual por cada adquirente de vivienda, donde se identifique el inmueble para cuya adquisición se entregan las cantidades, así como en la novedosa regulación de la nueva Ley que impedirá al Promotor enajenar las viviendas sin haber pagado previamente a la Aseguradora en caso de que esta haya abonado a los asegurados, en nombre del promotor, las cantidades entregadas a cuenta.

tecnico_appsur

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