Se ha publicado en el BOJA nº 58 de 26 de marzo, el Decreto 75/2014, de 11 de marzo, por el que se modifica el Decreto 357/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la protección de la calidad del cielo nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética.
Las modificaciones planteadas son:
El apartado 3 de la disposición transitoria segunda, dando un plazo máximo de diez años desde la entrada en vigor del presente Decreto, a los titulares de todas las instalaciones de alumbrado exterior para haber eliminado de las mismas las luminarias que emitan un flujo hemisférico superior mayor del 25% del flujo total emitido por la luminaria.
Y el artículo 29 que queda modificado como se recoge a continuación:
Los Ayuntamientos comunicarán a la correspondiente Delegación, según el modelo de organización territorial provincial vigente en cada momento, de la consejería competente en materia de medio ambiente, su propuesta de zonificación en el plazo de tres años desde la aprobación de la zonificación E1. Incluyendo un contenido mínimo del informe que se detalla.