Adjuntamos el Reglamento (UE, EURATOM) nº 1311/2013 del Consejo de 2 de diciembre de 2013 por el que se establece el marco financiero plurianual de la Unión Europea para el período 2014?2020.

Este marco financiero plurianual (MFP) permitirá a la UE invertir hasta 959.988 millones de euros* en créditos de compromiso (el 1% de la RNB de la UE) y 908.400 millones de euros* en créditos de pago (el 0,95% de la RNB de la UE). Estas cifras suponen respectivamente un 3,5% y 3,7% menos en relación al marco financiero del periodo 2007? 2013.

El MFP establece los importes máximos anuales que la UE puede gastar en distintos ámbitos. Se estructura en seis categorías de gasto en función de diferentes áreas de actividad de la UE, según se señala a grandes rasgos a continuación:

1. Crecimiento inteligente e integrador

1a: Competitividad para el crecimiento y el empleo
En esta subrúbrica se incluyen esencialmente las actuaciones de la UE relativas a las redes transeuropeas (transporte, energía y telecomunicaciones), la I+D+i, la educación y formación, la política social y la competitividad de las empresas.

1b: Cohesión económica, social y territorial
Dentro de este apartado se encuentran el Fondo de Cohesión, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo Social Europeo.

2. Crecimiento sostenible: Recursos naturales
En este punto se incluyen el programa de medio ambiente y acción por el clima, actuaciones relativas a la política agrícola común, el desarrollo rural y la política de pesca.

3. Seguridad y ciudadanía
Este epígrafe comprende las actuaciones de la UE en el ámbito de justicia e interior, protección de fronteras, inmigración y asilo, salud pública, protección del consumidor, cultura, juventud, información y diálogo con los ciudadanos, entre otras.

4. Europa global
Este apartado cubre en términos generales la acción exterior de la UE, por ejemplo, el instrumento de ayuda de preadhesión, la política de vecindad, la cooperación al desarrollo y la ayuda humanitaria. (No se incluye en el MPF el Fondo Europeo de Desarrollo ?ayuda a la cooperación con países de África, Caribe y Pacífico? pues se financia por contribuciones directas de los estados miembros).

5. Administración
Gastos administrativos de las instituciones

6. Indemnizaciones
Se trata de un dispositivo temporal de tesorería destinado a garantizar que Croacia, miembro de la UE desde julio de 2013, no contribuya más al presupuesto de la UE de lo que obtenga en virtud del mismo en el primer año siguiente a su adhesión.

En el cuadro que se adjunta se reproducen los importes totales del MFP por categorías. El Reglamento, en su anexo, desglosa el MFP por años.

El Reglamento contiene las disposiciones para el funcionamiento general del MFP. Cabe destacar que prevé una serie de instrumentos especiales en aras de garantizar la necesaria flexibilidad en determinadas situaciones, que hacen posible consignar en el presupuesto créditos de compromiso por una cuantía superior a los límites establecidos cuando sea preciso recurrir a tales instrumentos; así:

– La Reserva para Ayudas de Emergencia (máximo de 280 millones de euros* al año):

tiene como finalidad dar una respuesta rápida a necesidades concretas de ayuda de terceros países surgidas por acontecimientos imprevisibles al establecerse el presupuesto, prioritariamente para acciones de carácter humanitario, pero también para la gestión de crisis civiles y protección civil.

– El Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (máximo de 500 millones de euros* al año):
su objetivo es prestar asistencia financiera en caso de que se produzca una catástrofe importante en el territorio de un Estado miembro o país candidato.

– El Instrumento de Flexibilidad (máximo de 471 millones de euros al año*):
destinado a permitir la financiación, en un determinado ejercicio presupuestario, de gastos claramente identificados que no pudieran financiarse dentro de los límites máximos disponibles.

– El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (máximo de 150 millones de euros* al año):
su objeto es contribuir a la reintegración en el mercado laboral de trabajadores que hayan sido despedidos como consecuencia de cambios estructurales importantes provocados por la globalización (deslocalización, crisis económicas y financieras, etc. ).

– El Margen para Imprevistos: el 0,03% de la RNB de la UE fuera de los límites máximos establecidos en el MFP, instrumento de último recurso para reaccionar ante imprevistos.

– Margen global para compromisos relacionados con el crecimiento y el empleo, en particular el empleo juvenil:
los créditos de compromiso que hayan quedado disponibles en 2014?2017 constituirán una reserva para gastos adicionales en políticas relacionadas con el crecimiento y el empleo, en particular el empleo juvenil, para los años 2016 a 2020.

– Flexibilidad específica para hacer frente al desempleo juvenil y reforzar la investigación:
podrán consignarse por adelantado en 2014 y 2015, importes de hasta 2.543 millones de euros* destinados a objetivos estratégicos relacionados con el empleo juvenil, la investigación, Erasmus, en particular para la formación de aprendices, y las pymes.

En base al MFP, la UE adoptará sus presupuestos anuales.

Antes del final de 2016, la Comisión presentará un examen del funcionamiento del MFP, teniendo en cuenta la situación económica existente en ese momento, así como las proyecciones macroeconómicas más recientes. Ese examen irá acompañado, si procede, de una propuesta legislativa dirigida a revisar el presente Reglamento.